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Autorización para pescar atún rojo recreativo (captura y suelta)

8 min de lectura por Julián Guerrero

Atún rojo recreativo en captura y suelta: régimen estatal, por qué la campaña 2026 está cerrada desde el 24 de junio y cómo prepararte para 2027.

La campaña 2026 está cerrada

La pesquería recreativa de atún rojo se cerró de forma definitiva a las 23:59 del 24 de junio de 2026, por resolución de la Dirección General de Ordenación Pesquera y Acuicultura. Este año no se puede pescar atún rojo ni tramitar el alta, ni siquiera en captura y suelta. Lo que sigue explica el régimen tal y como funciona, para que llegues preparado a la próxima campaña.

Pescar atún rojo de forma recreativa en España es posible, pero con una regla que hay que entender bien: es exclusivamente captura y suelta, dentro de una ventana concreta, y requiere una autorización estatal específica que se tramita por la app PescaREC. No es «pescar en veda» —eso está prohibido—: es darse de alta para practicar la captura y suelta cuando la pesquería está abierta. Aquí te explicamos el régimen, qué se puede y qué no, y cómo darte de alta.

Si buscas el marco de cuota, veda y temporada del atún rojo recreativo, lo desarrollamos en veda, cuota y temporada del atún rojo recreativo; el contexto de especie, en pesca del atún rojo en España. Esta página explica el trámite del alta y en qué estado está la campaña.

Datos verificados el 11 de septiembre de 2026 en el BOE: Resolución de la Secretaría General de Pesca de 28/05/2026 (BOE-A-2026-12503) y RD 214/2026 (app PescaREC), sobre el marco del RD 347/2011. Actualizado el 14 de septiembre de 2026: la campaña recreativa de 2026 quedó cerrada de forma definitiva a las 23:59 del 24 de junio, por resolución de la Dirección General de 23 de junio de 2026, que figura como «Cierre Definitivo Atún Rojo BFT Pesca Recreativa 23 de junio de 2026» en la página de aperturas y cierres de pesquerías del MAPA y no se publica en el BOE. Cualquier cierre anticipado se comunica por esa vía (apartado Sexto.2 de la Resolución de 28/05/2026), así que confirma siempre el estado de la pesquería antes de salir. La reserva asociada al recreo se expresa como 0,5577 % en la Resolución de 28/05/2026 y como 0,5493 % en el art. 4 del RD 46/2019 en la redacción del RD 362/2026 (BOE-A-2026-9436).

En 30 segundos

  • Régimen estatal (Secretaría General de Pesca), incluso en aguas interiores. Ninguna comunidad emite esta autorización.
  • Recreativo dirigido al atún rojo = solo captura y suelta, dentro de la ventana que abre cada año la Secretaría General de Pesca.
  • La campaña 2026 se cerró el 24 de junio de 2026, por resolución de la Dirección General. Este año no se puede pescar ni tramitar el alta.
  • Alta por la app PescaREC, por embarcación; se pesca desde embarcación, así que requiere la licencia de recreo autonómica de esa modalidad.
  • La autorización vale 3 años; la declaración de capturas es diaria (24 h).
  • Fuera de la ventana o en veda: ni captura y suelta.

1. Quién manda: régimen estatal

El atún rojo tiene una protección diferenciada: su gestión es estatal (Secretaría General de Pesca), también en aguas interiores, porque figura en el Anexo II del RD 347/2011. Eso significa que ninguna comunidad autónoma emite la autorización para pescarlo: aunque tengas tu licencia de recreo autonómica, para dirigirte al atún rojo necesitas además la autorización estatal específica. La norma que prevalece en 2026 es la Resolución de la Secretaría General de Pesca de 28 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-12503), sobre el marco del RD 347/2011 y con la app PescaREC del RD 214/2026.

2. Qué se puede y qué no

Aquí está lo que de verdad importa, y donde más gente se equivoca:

  • Solo captura y suelta, y solo con la pesquería abierta. La pesca recreativa dirigida al atún rojo es exclusivamente captura y suelta, y únicamente dentro de la ventana que fija cada año la Secretaría General de Pesca. La campaña se cierra en su fecha final o antes, en cuanto se consume la cuota recreativa. Fuera de esa ventana o en veda no se puede ni practicar la captura y suelta.
  • No hay retención dirigida. No puedes salir a «llevarte» un atún. Lo único que se desembarca es el ejemplar muerto accidentalmente: máximo 1 por embarcación y día y 2 por temporada, entero y sin comercialización.
  • Sin etiquetado recreativo. El recreo está exento de etiquetado; no existe un «precinto recreativo obligatorio» para esta pesca.
  • La talla no es de retención. Como es captura y suelta, no hay talla mínima recreativa de retención. Los 30 kg / 115 cm del Reglamento (UE) 2023/2053 son talla de la especie, no un límite para llevártelo.
La frase correcta no es «pescar atún en veda»: es darte de alta para hacer captura y suelta cuando la pesquería está abierta. En veda, ni eso.

3. Cómo es el alta (PescaREC) paso a paso

Con la campaña cerrada no hay alta que presentar, pero conviene que sepas cómo funciona para tenerlo todo listo cuando reabra. El alta es electrónica obligatoria (RD 214/2026) y se hace por embarcación:

  1. Ten en vigor la licencia de pesca marítima de recreo de tu comunidad que corresponda a la modalidad desde embarcación (es requisito previo; la de solo orilla no sirve, porque aquí se pesca desde barco).
  2. Regístrate en la app PescaREC y da de alta tu embarcación.
  3. Solicita la autorización de atún rojo en captura y suelta (art. 10). Una vez concedida, vale 3 años.
  4. Cada jornada en que salgas a por atún rojo: preaviso y declaración de capturas diaria en las 24 horas siguientes, por PescaREC.

La cadena completa, para que no te falte una pieza: embarcación en lista 6.ª o 7.ª → licencia marítima de recreo de la modalidad desde embarcación → título náutico que habilite a gobernarla → alta de la autorización en PescaREC → campaña abierta. Como la autorización va por embarcación, quien la solicita es normalmente el propietario del barco, y su licencia de embarcación cubre a los que van a bordo. Si pescas fuera de tu comunidad, comprueba además si tu licencia vale en otro caladero.

La autorización estatal no lleva tasa. La declaración diaria es una obligación continua tuya durante toda la temporada.

4. Las jornadas de marcaje son otra cosa

No confundas el alta individual con las jornadas de marcaje científico: son una figura distinta, gestionada por clubes o entidades con aval de ICCAT, con sus propios permisos y protocolos. Si lo que quieres es salir a hacer captura y suelta por tu cuenta, lo tuyo es el alta por PescaREC descrita arriba, no una jornada de marcaje.

5. ¿Te avisamos cuando abra 2027?

Te avisamos en cuanto se abra la campaña

La campaña 2026 ya está cerrada, así que hoy no hay nada que tramitar. Si quieres salir a por el atún en la próxima, déjanos tu contacto y te avisamos cuando la Secretaría General de Pesca abra la ventana, con tiempo para tener el alta hecha antes del primer día bueno.

Cuando reabra, podemos presentar el alta de la autorización en tu representación por PescaREC: tú nos autorizas con una casilla firmada, sin inscripción en el REA. Nuestro honorario es de 30 € (IVA incluido); la autorización estatal no lleva tasa.

Mientras tanto, lo que sí te sirve: tener en vigor la licencia marítima de recreo que corresponda a la modalidad desde embarcación. Va por tu comunidad y es el fallo más habitual: muchas licencias son solo de orilla. Si pescas fuera de tu comunidad, comprueba también si tu licencia vale en otro caladero. Eso sí puedes hacerlo ya.

6. Cuando vuelva a abrir

Lo primero, siempre: comprobar que la pesquería está abierta. La ventana tiene fecha de cierre, pero puede cerrarse antes: cualquier cierre anticipado se comunica por resolución de la Dirección General, publicada en la web del MAPA. Así se cerró la de 2026. Con la pesquería abierta y tu autorización en regla, el resto es cabeza: lleva también tu licencia autonómica, haz el preaviso y la declaración diaria, y trata al pez para devolverlo vivo, que es el sentido de la captura y suelta. Fuera de la ventana, ni lo intentes: dirigirse al atún rojo en veda es una infracción grave.

Preguntas frecuentes

¿Se puede pescar atún rojo de forma recreativa en España?

Sí, pero solo en captura y suelta, dentro de la ventana que la Secretaría General de Pesca abre cada año y con una autorización estatal específica tramitada por la app PescaREC. La campaña recreativa de 2026 se cerró de forma definitiva el 24 de junio de 2026 por resolución de la Dirección General, así que este año ya no se puede pescar ni tramitar el alta. Fuera de la ventana o en veda no se puede ni practicar la captura y suelta.

¿Puedo quedarme el atún que capturo?

No. La pesca recreativa dirigida al atún rojo es exclusivamente captura y suelta; no hay retención dirigida. Solo se desembarca el ejemplar muerto accidentalmente: máximo 1 por embarcación y día y 2 por temporada, entero y sin comercialización.

¿Qué autorización necesito y quién la da?

La autorización es estatal (Secretaría General de Pesca), también en aguas interiores; ninguna comunidad autónoma la emite. Se tramita por la app PescaREC, por embarcación, y se pesca desde embarcación, así que hace falta la licencia de recreo autonómica de esa modalidad. La autorización vale 3 años y la declaración de capturas es diaria (24 horas).

¿Hay talla mínima para llevarme el atún?

No, porque es captura y suelta: no hay talla mínima recreativa de retención. Los 30 kg o 115 cm del Reglamento (UE) 2023/2053 son la talla de la especie, no un límite de retención. El recreo, además, está exento de etiquetado.