Antes de nada, la cadena completa. Para salir a por el atún rojo tienen que encajar seis cosas: una embarcación inscrita en lista 6.ª o 7.ª; la licencia de actividad de esa embarcación, que el RD 347/2011 (art. 9) exige expedida para cada barco; la licencia marítima de recreo personal de la modalidad que cubra la pesca desde embarcación; el título náutico que habilite a gobernar ese barco; el alta de la autorización en PescaREC; y que la campaña esté abierta. Si falla cualquiera de las seis, no se pesca.
La licencia personal es de cada uno. Cada pescador que vaya a bordo necesita la suya, salvo que se use una licencia colectiva de embarcación, que ampara a varios ocupantes hasta un máximo que fija cada comunidad.
El fallo más común es la licencia. Muchas son solo desde tierra y aquí se pesca desde embarcación, así que comprueba la modalidad de la tuya antes de nada. Cada comunidad lo organiza a su manera: algunas separan las modalidades en clases distintas —Andalucía, por ejemplo, tiene una clase para tierra y otra para embarcación— y otras emiten una sola licencia personal que cubre ambas —Galicia, con su clase A, para embarcaciones de lista 7.ª—. Esa sí puede llevar tasa autonómica; la autorización estatal de atún rojo, no. Es lo único que puedes adelantar ahora.
Como la autorización es por embarcación, quien la solicita es normalmente el propietario del barco, y su licencia de embarcación cubre a quienes van a bordo.
Si sueles pescar fuera de tu comunidad, mira antes
si tu licencia vale en otro caladero.
- Ten a mano tu documento de identidad, el número de licencia de recreo y su fecha de inicio de validez.
- Descarga PescaREC (Secretaría General de Pesca) y regístrate.
- Solicita la autorización específica de captura y suelta de atún rojo para tu embarcación (debe estar en lista 6.ª o 7.ª).
- La autorización es por embarcación y tiene 3 años de validez.
- Cada jornada: preaviso de llegada a puerto y declaración de capturas en las 24 horas siguientes, también por PescaREC.
Solo captura y suelta. No existe retención dirigida: únicamente se desembarca el ejemplar muerto accidentalmente (máximo 1 por embarcación y día, 2 por temporada), entero y sin comercializar. El recreo está además exento de etiquetado.
La ventana la fija cada año la Secretaría General de Pesca y puede cerrarse antes de su fecha final: cualquier cierre anticipado se comunica por resolución de la Dirección General, en la página de aperturas y cierres de pesquerías del MAPA. Así se cerró la de 2026, de forma definitiva a las 23:59 del 24 de junio. Fuera de la ventana, dirigirse al atún rojo —incluso para soltarlo— es infracción.
Cuidado con la palabra «cuota». Las 4,13 t que se asocian al recreo no son un cupo para llevarse atunes: son el colchón previsto para retener los ejemplares muertos accidentalmente en embarcaciones de listas 6.ª y 7.ª. La modalidad recreativa dirigida sigue siendo únicamente captura y suelta.
No lo confundas con las jornadas de marcaje. El marcaje científico es una figura distinta, la solicita un club o entidad con supervisión científica o aval de ICCAT y tiene su propio procedimiento. No lo tramitamos ni lo vendemos como este alta.
Para el marco completo de la especie —biología, temporada y técnicas— tienes
la guía del atún rojo en España.
Base: RD 347/2011 (art. 10 y Anexo II), RD 214/2026 (art. 3 bis) y la Resolución de la
Secretaría General de Pesca de 28 de mayo de 2026 (BOE-A-2026-12503), apartado Sexto.
El cierre de la campaña recreativa de 2026 figura como
«Cierre Definitivo Atún Rojo
BFT Pesca Recreativa 23 de junio de 2026» en la página de aperturas y cierres de
pesquerías del MAPA, que no se publica en el BOE. Es la página donde comprobar si la
pesquería está abierta antes de salir.